El teletrabajo ha llegado para quedarse

La pandemia causada por el COVID-19 ha tenido en nuestro país una amplia repercusión, no solo a nivel sanitario sino también a nivel de empleo, sobre todo están sufriendo sus consecuencias negativas los colectivos incluidos en el sector servicios, las personas con un contrato temporal, mujeres trabajadoras, jóvenes menores de 35 años… 

Aunque la modalidad del trabajo a distancia o teletrabajo ya estaba regulada en la legislación de nuestro país, con medidas contempladas por ejemplo, en la Ley 3/2012, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral o en el Real Decreto-ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, entre otras, ha sido el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, el que en plena primera oleada de la pandemia, establece el carácter preferente del trabajo a distancia frente al trabajo presencial en aquellos sectores que puedan adaptarse, llegando a un 30 % de los trabajadores los que utilizaron esta modalidad en España, mientras que las cifras de los países de nuestro entorno como Francia, Portugal o Italia, han aumentado considerablemente por el cierto grado de obligatoriedad o de preferencia del trabajo a distancia frente a otros que le otorgaron sus mandatarios.    

Por todo ello el Gobierno junto con las Organizaciones Sindicales y Patronales han alcanzado un acuerdo para impulsar el teletrabajo que se ha visto plasmado en el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia, publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 253 de fecha 23 de septiembre de 2020, que entre otras cosas establece lo siguiente:

  • Definición de los siguientes términos:
  • Trabajo a distancia. Es aquella forma de actividad laboral que se presta en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar seleccionado por esta, durante toda su jornada o parte de ella, de forma regular.
  • Teletrabajo. El trabajo a distancia que se lleva a cabo mediante el uso exclusivo o prevalente de medios y sistemas informáticos.
  • Trabajo Presencial. Es el que se presta en el centro de trabajo o en el lugar determinado por la empresa. 

Requisitos del trabajo a distancia:

  • Se prestará como mínimo durante un 30 % de la jornada, durante un periodo de tres meses.
  • Las personas que se acojan al mismo no podrán sufrir perjuicio alguno en sus condiciones laborales pactadas, como tiempo de trabajo, retribución, derecho a formación, promoción profesional, prevención de riesgos laborales, estabilidad en el empleo, medidas de conciliación familiar…
  • Tendrá carácter voluntario tanto para la persona trabajadora como para la empleadora, requiriendo la firma de un acuerdo por escrito entre ambas partes, que deberá fijar entre otras cosas:

-El lugar fijado por la persona trabajadora para el desarrollo del trabajo a distancia.

-El horario de trabajo y la disponibilidad.

-Medios de control y vigilancia de la actividad por la empresa.

-Duración del acuerdo.

-Plazos de preaviso para el ejercicio, por ambas partes, de la reversibilidad del acuerdo.

-Inventario de medios, equipos y herramientas.

-Enumeración de gastos por la persona trabajadora, así como la forma de compensación de los mismos. 

-Derecho de las personas trabajadoras a la desconexión digital fuera de su horario de trabajo

-Instrucciones por parte de la empresa en el caso de producirse dificultades técnicas que impidan el desarrollo del trabajo a distancia.

-Instrucciones en materia de protección de datos.

– Este acuerdo podrá ser reversible para la empresa y la persona trabajadora.

Problemas derivados del teletrabajo

Uno de los problemas o desventajas que puede tener el trabajo para aquellas personas que se acojan a él es la falta de actividad física, trabajar y residir en el mismo espacio puede dar lugar a situaciones de desgana, inapetencia de actividad, sedentarismo o incluso poner a prueba nuestra salud mental. Por ello es importante mantener unas rutinas diarias de actividad física, como pueden ser:

  • Realizar frecuentemente cambios de postura, estiramientos, acondicionamiento muscular y visual.  
  • Quedar con amigos para jugar un partido de baloncesto, fútbol o fútbol sala. Y es que hacer deporte es algo fundamental para mantenerse sanos. Por ello, si vosotros queréis empezar a practicarlo y no queréis gastar demasiado en equipaciones, nosotros os recomendamos que acudáis a Marians sport, dado que están especializados en la venta de botas de fútbol y todo el equipamiento necesario, tanto para niños como adultos.
  • Elige un puesto de trabajo y mobiliario que ofrezca unas buenas condiciones ergonómicas. 
  • Realizar ejercicios de tonificación muscular y cardio, yoga, pilates, aerobic…
  • Utilizar una bicicleta estática, elíptica, cinta correr o caminar…

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